Una mujer de El Bolsón esperó más de cinco meses sin respuestas por parte de su aseguradora tras sufrir un accidente. La Justicia le dio la razón y ordenó a la empresa Seguros Bernardino Rivadavia entregarle un vehículo provisorio, luego de constatar incumplimientos graves en los plazos y deberes contractuales.
El Juzgado de Paz de El Bolsón resolvió a favor de una mujer que demandó a su aseguradora por demoras injustificadas en la reparación de su vehículo. El siniestro había ocurrido en marzo y, pese a tener una póliza contra todo riesgo y abonar la franquicia correspondiente, la afectada no recibió respuestas claras ni soluciones durante más de cinco meses.
Tras el accidente, el vehículo fue trasladado en grúa a un taller en San Carlos de Bariloche, pero desde ese momento la empresa dejó de brindar información. No comunicó el resultado del peritaje, no autorizó los trabajos de reparación ni estableció una fecha de devolución. Ante la falta de respuestas, la mujer acudió personalmente al taller y constató que no existía orden de trabajo alguna ni contacto con la aseguradora.
A lo largo de ese tiempo, envió reiterados reclamos, presentó toda la documentación requerida y abonó una franquicia de 664 mil pesos. La ausencia de respuestas la obligó a enfrentar gastos extra para poder movilizarse a su trabajo. Finalmente, inició una demanda por incumplimiento contractual y vulneración de sus derechos como consumidora.
Durante la audiencia del 31 de julio, el representante legal de Seguros Bernardino Rivadavia admitió que el vehículo seguía en proceso de reparación, aunque no pudo especificar ni el lugar ni los plazos. Ofreció como compensación una suma de 500 mil pesos, propuesta que fue rechazada por la demandante por no subsanar el perjuicio real ni resolver el problema de fondo.
El juez interviniente consideró acreditada la mora de la aseguradora y su incumplimiento a los deberes legales y contractuales, como brindar información clara, actuar con diligencia y evitar el agravamiento del daño. En consecuencia, resolvió que la empresa deberá entregar, en un plazo de tres días, un vehículo de similares características al siniestrado, a su cargo, hasta que finalicen las reparaciones y se restituya el rodado original.
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